Contribuyentes nigerianos recuerdan presentar declaraciones anuales antes del 31 de marzo
Las autoridades fiscales nigerianas instan a todos los contribuyentes a presentar sus declaraciones anuales de ingresos antes del 31 de marzo para cumplir con los requisitos legales y evitar sanciones.
Las autoridades fiscales nigerianas han emitido recordatorios a todos los contribuyentes para que presenten sus declaraciones anuales de ingresos antes del 31 de marzo de 2026, de conformidad con la Ley del Impuesto sobre la Renta Personal (PITA) de 2004, en su versión enmendada. Este requisito aplica a todas las personas sujetas a impuestos, incluyendo a los trabajadores por cuenta propia, aquellos en el sector informal y empleados bajo el esquema de Pago Conforme se Gana (PAYE).
El Servicio de Ingresos Internos del Estado de Lagos (LIRS) enfatizó que, según la Sección 41 de la PITA, todas las personas sujetas a impuestos deben presentar una declaración completa detallando sus ingresos totales provenientes de todas las fuentes del año fiscal anterior (del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025) a la autoridad fiscal estatal correspondiente dentro de los 90 días siguientes al inicio del nuevo año de evaluación.
De manera similar, el Servicio de Ingresos Internos del Territorio de la Capital Federal (FCT-IRS) ha instado a los residentes a cumplir con este mandato. El FCT-IRS destacó que la presentación de declaraciones anuales de ingresos provenientes de todas las fuentes es obligatoria para todos los contribuyentes, incluyendo a los empleados (sector privado y público), titulares de cargos públicos, trabajadores por cuenta propia, propietarios de negocios y sociedades/empresas que operan dentro del FCT.
Se aconseja a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones legales de manera oportuna para evitar sanciones y otras consecuencias legales. El LIRS también ha señalado que las declaraciones de impuestos deben presentarse exclusivamente a través del portal electrónico LIRS eTax, diseñado para ofrecer conveniencia, seguridad y facilidad de cumplimiento.
El incumplimiento en la presentación de las declaraciones antes de la fecha límite del 31 de marzo puede resultar en la emisión de una evaluación basada en la mejor estimación para todos los infractores, quienes deberán pagar conforme a lo dispuesto en la Sección 54(3) de la Ley del Impuesto sobre la Renta Personal. Además, los infractores pueden enfrentar otras sanciones penales y civiles según lo prescrito por la ley.
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