La Corte Suprema restableció el acceso por correo a Mifepristona tras restricción del tribunal de apelaciones
Inicialmente, el 5º Tribunal de Apelaciones de EE. UU. dictaminó que la píldora abortiva mifepristona debía dispensarse en persona en clínicas, bloqueando efectivamente su distribución por correo y restringiendo el acceso a nivel nacional. Esta decisión anuló las regulaciones existentes de la FDA que permitían la distribución por correo y telemedicina, lo que llevó a los fabricantes Danco Laboratories y GenBioPro a solicitar a la Corte Suprema que revocara la sentencia.
Posteriormente, la Corte Suprema de EE. UU. emitió una suspensión temporal que restableció la posibilidad de obtener mifepristona por correo, telemedicina y farmacias mientras se realiza una revisión legal adicional. El juez Samuel Alito concedió este alivio temporal, permitiendo que el acceso por correo se reanudara al menos hasta que la Corte Suprema complete su revisión, manteniendo así un acceso más amplio a la píldora abortiva durante este período interino.